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ABOGADOS ALMERIA DESPIDOS ACCIDENTE LABORAL SOCIAL RUBI ABOGADOS ALMERIA

Os dejamos enlace sobre la reciente noticia, que ha aparecido en todos los medios de comunicación de forma masiva, en relación a la Sentencia que declara que es improcedente el despido de un trabajador para “sustituirlo” por un robot.

La Sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de Las Palmas declara que es improcedente la rescisión del contrato de una trabajadora de una empresa turística que, tras 13 años trabajando en la empresa, fue despedida para que su trabajo fuera realizado por un programa informático.

La empresa alegaba razones “técnicas, organizativas y productivas” pero el magistrado rechaza la procedencia de dichas causas y declara el despido como improcedente, y no como objetivo como defendía la empresa.

Desde luego que la Sentencia es protectora con los derechos de la trabajadora y desde este punto nos parece acertada pero ¿dónde queda la potestad organizativa del empresario? Si la empresa se aseguraba –a través de ese programa informático- las mismas funciones realizadas por la trabajadora, con un coste económico mucho menor ¿no es entendible la decisión empresarial?

Está claro que ambas partes tienen sus argumentos para defender su posición. Podéis leer más en el siguiente enlace.

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10106513/09/19/Es-improcedente-el-despido-de-un-trabajador-para-suplirlo-por-un-robot.html

 

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