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agosto 21, 2015
Hasta ahora, ante el fallecimiento de una persona (el «causante»), su sucesión quedaba regulada por su ley personal («ley personal del causante»), según lo regulado por nuestro Código Civil en su artículo 9. La cada vez más profusa regulación comunitaria introduce en nuestro ordenamiento cambios en la materia, a través de la entrada en vigor...
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Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Abogados de Víctimas (ADEVI) y Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro